jueves, 3 de marzo de 2016

Manipulación genética de embriones. 2016 Año de Misericordia también con los embriones

Hace pocos días leímos una noticia en la prensa que causa auténtico escalofrío, en Inglaterra se permite la manipulación y modificación genética de embriones humanos descartados después de los siete días desde su fertilización por los Centros de fertilidad.
http://www.infovaticana.com/2016/02/01/reino-unido-autoriza-la-modificacion-genetica-de-embriones-humanos/

Y más escalofrío aún, al leer que después de congelar a estos pequeños seres humanos, se habla con pasmosa indiferencia, y como si con ello se justificara, que va a ser utilizada con los embriones descartados de una inseminación, ya previamente congelados.
Como si la congelación y el descarte se refiriera a algo distinto a un ser humano igual a cualquiera de nosotros, que ya lo es desde la fecundación del óvulo por el espermatozoide, desde la concepción; y como implícitamente se está reconociendo a través de la noticia, por los científicos que lo solicitan y llevan a gala como si ello fuera un avance científico a aplaudir. Ya reconocido como ser humano el embrión desde la fecundación por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos desde su Sentencia de 2011 que es uno de los fundamentos jurídicos de nuestro Foro femenino.
Resulta indiscutible que el ser humano lo es desde el momento de la Concepción o Fecundación.
Como si de un injerto se tratara para mejorar una planta o cualquier árbol, para con ello conseguir mejores frutos; o como si se tratara de una mejora de cualquier especie de animal, un perro, un gato, un caballo, para mejorar o embellecer su aspecto. 
Siempre tratado el embrión con frialdad microscópica y sin conocer el calor de un vientre materno, sin conocer el cariño y el amor, solo la congelación y la manipulación, como si los embriones, que lo hemos sido todos antes de nacer, fueran una subespecie del género humano.
¿Hasta donde vamos a llegar con tanto desprecio por la vida humana embrionaria?, no contentos con abortarla con leyes nacionales de rango inferior a la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, a la doctrina de nuestro Tribunal Constitucional (STC 53/1985), a las Convenciones sobre Derechos del Niño (de 20-11-1989, ratificada por España el 30-11-1990) y sobre la de los Derechos de las Personas y Niños con Discapacidad (de 13-12-2006, ratificada por España el 23-11-2007), y los Convenios de la Haya; Convenciones desarrolladas en España por la Ley 1/1996 de 15 de enero de Protección Jurídica del Menor modificada parcialmente por la reciente Ley 26/2015 de 28 de julio de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, que establece en su artículo 2.2 a): 
2. A efectos de la interpretación y aplicación en cada caso del interés superior del menor, se tendrán en cuenta los siguientes criterios generales, sin perjuicio de los establecidos en la legislación específica aplicable, así como de aquellos otros que puedan estimarse adecuados atendiendo a las circunstancias concretas del supuesto: a) La protección del derecho a la vida, supervivencia y desarrollo del menor y la satisfacción de sus necesidades básicas, tanto materiales, físicas y educativas como emocionales y afectivas.
Convenciones que consideran Niño al menor de 18 años e incluyen como Niños a los que se encuentran en Gestación.
Ley de interés siempre superior del menor, que se aplica obligadamente por nuestros Tribunales, y personalmente estoy aplicando en Sentencias de Juzgados de Familia.
Ahora desde Reino Unido nos presentan como avance científico la manipulación genética de Bebés Concebidos descartados. Resulta terrible leerlo.
Como si el fin justificara los medios.
Nunca el fin puede justificar los medios de desprecio a la vida humana, ¿que van a hacer con los embriones si la manipulación genética no resulta acorde a lo buscado?, ¿que van a hacer si sale mal la manipulación genética?, ¿que van a hacer con las pruebas defectuosas?. 
Me gustaría que al menos contestaran o se lo plantearan, pero todavía es más terrible imaginar el destino; aunque no habrá otro camino, los embriones humanos previamente congelados y descartados por inservibles de los Centros de fertilidad, después manipulados, y tras pasar una terrible agonía en su corta y siempre manipulada vida, se desecharán como inservibles, se irán a la basura. 
Un nuevo holocausto, esta vez protagonizado por quienes con alta cualificación profesional utilizan sus conocimientos científicos.  
Volvemos a repetir, el fin no justifica los medios, porque muchos seres humanos después de ser manipulados genéticamente, terminarán en la basura. No sabemos hasta donde puede llegar esta escalada de desprecio por la vida humana.


En España es un delito en nuestro Código Penal vigente con la Ley Orgánica 10/1995 de 23 de Noviembre del Código Penal, contemplado en sus artículos 157 a 159:
Artículo 157.
El que, por cualquier medio o procedimiento, causare en un feto una lesión o enfermedad que perjudique gravemente su normal desarrollo, o provoque en el mismo una grave tara física o psíquica, será castigado con pena de prisión de uno a cuatro años e inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión sanitaria, o para prestar servicios de toda índole en clínicas, establecimientos o consultorios ginecológicos, públicos o privados, por tiempo de dos a ocho años.
Artículo 158.
El que, por imprudencia grave, cometiere los hechos descritos en el artículo anterior, será castigado con la pena de prisión de tres a cinco meses o multa de seis a 10 meses.
Cuando los hechos descritos en el artículo anterior fueren cometidos por imprudencia profesional se impondrá asimismo la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo por un período de seis meses a dos años.
La embarazada no será penada a tenor de este precepto.
(Se modifica el párrafo primero por el art. único.55 de la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre. Ref. BOE-A-2003-21538)

Artículo 159.
1. Serán castigados con la pena de prisión de dos a seis años e inhabilitación especial para empleo o cargo público, profesión u oficio de siete a diez años los que, con finalidad distinta a la eliminación o disminución de taras o enfermedades graves, manipulen genes humanos de manera que se altere el genotipo.
2. Si la alteración del genotipo fuere realizada por imprudencia grave, la pena será de multa de seis a quince meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público, profesión u oficio de uno a tres años.
Esperamos que este Comentario invite a la reflexión, y sirva de concienciación para la obligada defensa de los seres humanos Concebidos, porque cada uno de nosotros, cada ser humano vivo, hemos sido antes un embrión. No podemos mirar para otro lado como si no nos afectara lo que le ocurra a nuestros hermanos pequeños solo porque todavía no han nacido.
 Terminamos este Comentario con la Carta Pastoral de nuestro querido Obispo de Alcalá de Henares, Monseñor Reig Plá, titulada "Misericordia con todos, también con los embriones", en este Año 2016 de la Divina Misericordia, esperando que los corazones se vuelvan misericordiosos con los que no se pueden defender porque todavía no tienen voz, oremos por ello:
Publicamos igualmente el Vídeo de nuestro querido Obispo de Córdoba Monseñor Demetrio Fernández (a quien conocimos con motivo de una Conferencia en el Valle de los Caídos), que publicó con motivo de la Navidad 2015 y la Fiesta de la Sagrada Familia, en el que se refiere claramente a los derechos de los hijos y a la fecundación artificial:
 Publicado el 23 dic. 2015
Van muy unidas. La fiesta de Navidad reúne a toda la familia. La fiesta de Navidad es una fiesta de familia. El Hijo de Dios al hacerse hombre se ha hecho miembro de la familia humana y de una familia doméstica. Jesucristo ha santificado la familia.

La familia humana tiene como referencia la comunidad trinitaria. Jesucristo nos ha revelado que Dios es familia, son tres personas, el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo, que viven felizmente en el hogar trinitario, el cielo. Y a ese hogar –dulce hogar- convocan a cada persona que viene a este mundo. El Hijo de Dios, segunda persona de Dios, Jesucristo, ha venido a este mundo para llevarnos a esta relación de amor, dándonos su Espíritu Santo. Nuestro destino es entrar en comunión con las personas divinas, ya en este mundo y para toda la eternidad. Más aún, lo que nos constituye en personas es precisamente esta relación. Se trata de vivirla conscientemente y disfrutarla.

Y un icono viviente de esa comunidad trinitaria es la santa Familia de Nazaret, compuesta por Jesús, María y José. La entrada en la historia humana de Jesús se ha producido en el seno de una familia humana, con un padre, una madre y un hijo. Y han vivido de su trabajo, en el hogar familiar donde se ejercitan las virtudes domésticas por los lazos del amor de unos con otros. Bien es verdad que la santa Familia de Nazaret es una familia muy singular, pero es modelo para todas las familias por el servicio mutuo, la convivencia, el amor e incluso el cariño y la ternura de unos con otros.

La familia se constituye por la unión de los esposos que normalmente se convierten en padres. Varón y mujer, creados en igualdad de dignidad fundamental, son distintos para ser complementarios. Cuanto más varón sea el varón, mejor para todos en la casa. El aporta particularmente la cobertura, la protección y la seguridad. El varón es signo de fortaleza, representa la autoridad que ayuda a crecer. La mujer tiene una aportación específica, da calor al hogar, acogida, ternura. El genio femenino enriquece grandemente la familia. Cuanto más mujer y más femenina sea la mujer, mejor para todos en la casa. Esa complementariedad puede verse truncada por la falta de uno de ellos, y la familia más amplia –abuelos, tíos- puede suplirla.

La unión complementaria de los esposos los convierte en administradores de la vida. Del abrazo amoroso de los esposos, proceden los hijos. Todo hijo tiene derecho a nacer de ese abrazo amoroso, que no puede sustituirse nunca por la pipeta de laboratorio (fecundación in vitro). Precisamente porque la persona se constituye por la relación –así nos lo muestran las personas divinas-, el hijo tiene derecho a proceder de una relación de amor entre sus padres, y nunca como fruto de un aquelarre químico de laboratorio. Hay muchos que piensan en el derecho a tener un hijo, como si el hijo fuera un objeto, mientras que el hijo es siempre un don, un don de Dios, fruto de la relación amorosa de los esposos, que se abren generosamente a la vida. Todo tipo de fecundación artificial (inseminación artificial y anónima, fecundación in vitro homóloga o heteróloga) rompe esa armonía de la creación por la que los hijos vienen al mundo como personas, fruto de una relación personal de amor entre los esposos.

Los esposos y padres se prolongan en los hijos y, a su vez, son fruto de los abuelos que tienen hoy una importancia enorme en el equilibrio de la sociedad contemporánea. Los niños y jóvenes son el futuro, los abuelos son la memoria del pasado. Todos juntos forman la riqueza de la familia.

Domingo 27 diciembre, en la Misa de 12 de la Catedral, Misa de las familias, donde haremos un homenaje a los que cumplen 25 y 50 años de casados. Venid con todos los hijos, los nietos y los abuelos. Es la fiesta de la Sagrada Familia y queremos darle gracias a Dios por nuestras familias.



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